Autorización de Vertido a Canal Victoria

La Agencia Provincial de Recursos Hídricos de la Provincia es la Autoridad de Aplicación para los vertidos de efluentes líquidos a cuerpos receptores del dominio público provincial, promoviendo el uso de los recursos hídricos con visión de sustentabilidad.

El directorio de la Administración Provincial de Recursos Hídricos, mediante Resolución N°025 nos otorgó la AUTORIZACIÓN DE VERTIDO al cuerpo superficial del Arroyo Carnerillo, a través del Canal Pluvial Victoria para los efluentes adecuadamente tratados, provenientes de la planta depuradora de efluentes cloacales de la localidad de General Deheza.

Asimismo, se puede optar por la alternativa de reúso de efluentes líquidos a suelo para efectuar riego, por surco, en una superficie de DOCE (12) hectáreas, dentro del mismo predio e implantadas con sauces y álamos.

La presente Autorización de Vertido tiene una vigencia de CINCO (5) años y podrá ser renovada sucesivamente.

Cumplimos con todos los estándares y normas que fija el Decreto Nº 847/2016 sobre la PRESERVACIÓN DEL RECURSO HÍDRICO PROVINCIAL.

Licencia Ambiental

Obtuvimos la Licencia Ambiental Definitiva mediante el Certificado Ambiental N° 384.

Este Certificado es la constancia de la presentación de toda la documentación que exige la legislación vigente (Ley: N° 7.343; N° 10.208; N°10.618 y sus decretos reglamentarios) a la Auditoria Ambiental de Cumplimiento.

Este certificado es otorgado por 3 años.

De esta manera contribuimos a la política ambiental Provincial, para la gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable que promueva una adecuada convivencia de los habitantes con su entorno en el territorio de la Provincia de Córdoba.

Certificado de Residuos Peligrosos

Obtuvimos el Certificado Ambiental Anual de las siguientes categorías de Residuos Peligrosos sometidos a control Y08; Y09; Y12; Y48/Y08; Y48/Y09; Y48/Y12; Y34;

Este Certificado Ambiental es requisito necesario para que la Autoridad de Aplicación pueda proceder a la habilitación de las plantas de tratamiento o disposición y otras actividades en general que generen u operen con residuos peligrosos.

Estamos dentro del Marco de Ley 24051

Operadores de Plantas de Tratamiento de Efluentes

La Subsecretaría de Recursos Hídricos de la Nación, a través de la Dirección Nacional de Agua Potable y Saneamiento (DNAPyS), en conjunto con el Instituto Nacional del Agua (INA) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) nos certificó al encargado y a un operario de la planta de tratamientos como OPERADORES DE PLANTAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES DE ORIGEN DOMICILIARIO.

Contamos con personal con más formación y especialización en plantas de tratamiento de aguas residuales.

Estos conocimientos adquiridos permitan ampliar las capacidades para el desarrollo de dicha tarea tan importante.